
Avances y desafíos a 66 años de la promulgación de los derechos cívicos de la mujer peruana

Escrito por Karla Romero Alegre y Brenda Torres Castañeda, miembros del Área de Eventos del Equipo de Derechos Humanos.
Durante las primeras décadas del siglo XX en el Perú y el mundo se realizaron cambios políticos importantes. Uno de estos cambios fue la inclusión de la mujer peruana en el ámbito político y cívico. De este modo fue, el 7 de septiembre del año 1955 que se promulgó la Ley N° 12391, esta fue producto de la lucha de movimientos feministas tales como “Evolución Femenina” de María Jesús Alvarado, la cual tuvo como eje central solicitar que se reconocieran los derechos civiles femeninos en el Código Civil. Y otras, como Magda Portal que destacó por su activismo social en favor del sufragio femenino y Zoila Aurora Cáceres más conocida como la precursora del movimiento sufragista femenino, la cual “en su lucha por lograr el sufragio femenino implementó varias acciones y dirigió numerosas cartas solicitando el apoyo necesario de diferentes personalidades como Jorge Basadre, José de la Riva Agüero y entre otros” [1]. Así que en razón a estas acciones que promovieron la promulgación de la Ley N° 12391, las que conllevan que cada 7 de setiembre se conmemore el Día de los Derechos Cívicos de la Mujer. El presente artículo tiene como objeto comentar acerca de su historia, así como los avances y desafíos implementados por el Estado a raíz de la promulgación de aquella Ley.
En primer lugar, es importante mencionar el contexto en el que se escribió la Ley N°12391. En abril de 1933, el presidente Luis Sánchez Cerro promulgó una nueva Constitución Política, la cual, a pesar de constituir un avance en el reconocimiento de derechos fundamentales, no concebía los derechos cívicos y políticos universales de las mujeres peruanas. Es así, que en el artículo 84 de dicho cuerpo normativo, sólo reconocía como ciudadanos peruanos a los varones mayores de edad, los casados mayores de 18 años y los emancipados [2]. Asimismo, en el artículo 86 se señalaba que las mujeres mayores de edad, casadas o que hayan llegado a su mayoría gozaban del derecho al sufragio en elecciones municipales. No obstante, las mujeres peruanas no ejercieron su derecho al voto, ya que las elecciones municipales se establecieron en el año 1963 y para dicha fecha las mujeres ya gozaban del derecho al sufragio universal.
El 7 de setiembre de 1955 en el gobierno de Manuel Odría, se promulgó la Ley N° 12391, la cual reformó los artículos 84, 86 y 88 de la Constitución Política de 1933. Por ende, con la promulgación de dicha manifestación legal, el ordenamiento jurídico reconoció el derecho a voto y la categoría de ciudadanas a las mujeres que supieran leer y escribir, tuvieran más de 21 años o fueran mayores de 18 años casadas. También, se les reconoció el derecho a elegir y ser elegidas en un cargo de elección popular [3]. Luego de la promulgación de dicha Ley, el Ministerio de Gobierno y Policía mediante el Decreto Supremo 3230 convocó a elecciones presidenciales y congresales para el 3 de junio de 1956, siendo dicha elección la primera participación de la mujer peruana en la vida política de nuestro país [2]. En éste proceso electoral las mujeres se presentaron como electoras y candidatas al Congreso, se presentaron 30 candidatas, y fueron elegidas 8 diputadas y 1 senadora [4].
Si bien la Ley N°12391 significó un avance en el reconocimiento de los derechos cívicos de las mujeres. Aún se marginaba a las mujeres iletradas, por lo cual aún en esa fecha la participación femenina no era total. Por ello, uno de los avances en materia de derechos cívicos y políticos a partir de dicha ley fue la lucha para que las mujeres ejerzan el derecho al voto sin ninguna limitación y se logró en el año 1979 con la promulgación de la Constitución Política de ese mismo año que reconocía el derecho al sufragio universal y se incluyó a las mujeres analfabetas [5].
Posteriormente, en el año 1997 se estableció un mecanismo de cuotas en la legislación peruana para garantizar la participación política de las mujeres, y así puedan participar en cargos de elección popular como el Congreso y Gobiernos Locales, se estableció una cuota del 25 por ciento. En el año 2000 se modificó la Ley Orgánica de Elecciones y se elevó la cuota de participación política al 30 por ciento [6].
Del mismo modo, en julio de 2020 entró en vigencia la Ley de paridad y alternancia, la cual establece que para las elecciones del Congreso, Parlamento Andino, Regional y Municipal en las listas de candidatos debe haber un 50% de mujeres y un 50% de hombres, y se debe presentar de manera alternada. Esta norma garantiza una selección equitativa, busca una mayor representación ciudadana en el Parlamento, ya que las mujeres representan más de la mitad de la población en el Perú [7].
Asimismo, si bien es cierto que existen avances a raíz de la promulgación de los derechos cívicos de la mujer, también es verdad que aún persisten desafíos por parte del Estado para llevar a cabo una correcta y efectiva participación política y electoral de la mujer peruana. La Organización Ciudadanos al Día, en el 2010, afirmó que “del total de indocumentados, el 57% eran mujeres (310 165). En donde predominaban los departamentos de Amazonas, Loreto, San Martín, Madre de Dios y Ucayali con las más altas proporciones de población femenina sin cédula de identidad” [8]. No obstante, a raíz del Plan Nacional Perú Libre de indocumentación presentado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), aquella brecha en el 2019, ha sido reducida a un restante de 0.7%. Sin embargo, aún existen factores que no permiten disminuir ese porcentaje, como es el hecho de “peruanos poco integrados a las dinámicas del Estado y del mercado o barreras como es la posesión de un acta de nacimiento con errores” [9].
Otro de los desafíos, es la tasa de analfabetismo que enfrenta la mujer peruana. El Instituto Nacional de Estadística e Informática, en el año 2018, informó que el 8,3% de mujeres mayores de 15 años no sabía leer ni escribir, siendo esta cifra tres veces mayor que la de los hombres, los cuales constituían el 2,9% [10]. Estas brechas de género, pueden ser perjudiciales para un voto informado, pues si bien las mujeres constituyen un poco más del 50% de votantes, aquella participación decrece cuando se trata de elecciones rurales en el país.
Un trabajo realizado por alumnos de la Facultad de Economía de la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI), señalaba que en la actualidad, “el Ministerio de Educación (Minedu) viene desarrollando una serie de estrategias y acciones descentralizadas con el objetivo de disminuir la tasa de analfabetismo a 3,8 % de la población para el 2021. Un ejemplo de ello fue el Programa nacional de alfabetización (2002-2012)” [11].
También, es necesario señalar que también se han creado diferentes políticas educativas electorales como la del Jurado Nacional de Elecciones y el programa de Mujer y Ciudadanía con el fin de fortalecer la participación de las mujeres en ciertas regiones del país. O la creación del proyecto por parte de la ONPE, titulada como la “Promoción de la participación política de las mujeres peruanas en el ejercicio del derecho al sufragio y en el uso de mecanismos de vigilancia ciudadana”.
De igual forma, se debe hacer énfasis que la presencia de la mujer en el ámbito político es sumamente crucial para obtener una paridad y democracia representativa. Si bien es cierto que hoy en día, es más frecuente ver mujeres postulando a cargos políticos, ese porcentaje aún no refleja una proporción adecuada. En el Informe de Elecciones Generales 2021 brindado por el Jurado Nacional de Elecciones, se mencionaba que “la participación de mujeres en las elecciones para la Presidencia y Vicepresidencia de la República desde el año 2001, ha sido baja, pues se ha inscrito al menos a una mujer como candidata a la presidencia durante cada proceso; sin embargo, existe la tendencia de mantener una sólida mayoría de candidaturas de hombres” [12].
En el caso de las militancias en las organizaciones políticas ha existido un alza de presencia de mujeres. Claros ejemplos son los partidos políticos Fuerza Popular con un 56%, Podemos Perú y el Partido Popular Cristiano, ambos con 55%. No obstante, respecto a las mujeres en el Congreso de la República solamente hubo una representación total de candidaturas del 40%, siendo electas solamente el 26% de ellas para el periodo 2020-2021. Mientras que en el actual gobierno, ha alcanzado el 36,15% aproximadamente [12].
A modo de conclusión, creemos que a raíz de la Ley de paridad y alternancia la cual entró en vigencia a mediados del 2020, se ha generado una mayor equidad en cuanto a la participación de mujeres en la esfera política. Además, consideramos que la presencia de la mujer en cargos políticos permitirá que se puedan crear mejores mecanismos, leyes y políticas públicas que desarrollen y empoderen a la mujer peruana, la cual aún no tiene una participación política acorde a la paridad de género. Asimismo, a 66 años de la promulgación de la ley N°12391, debe seguir incentivándose los planes y proyectos por parte del Estado con el fin de disminuir la analfabetización en las mujeres y así puedan conocer sus derechos cívicos y la importancia que tienen en la vida política.
REFERENCIAS:
[1] Guardia, S., Pachas Maceda, S. (2019). Zoila Aurora Cáceres y la ciudadanía femenina. La correspondencia de Feminismo Peruano. Letras, 90 (132), 293-296.
http://www.scielo.org.pe/scielo.php?pid=S2071-50722019000200015&script=sci_arttext
[2] Congreso de la República (s.f) Primeras mujeres parlamentarias.
https://www.congreso.gob.pe/primerasmujeresparlamentarias/?K=6488
[3] Pasión por el Derecho. (2017, 7 de septiembre).¿Por qué cada 7 de setiembre se celebra el Día de los Derechos Cívicos de la Mujer?
https://lpderecho.pe/7-setiembre-celebra-dia-derechos-civicos-mujer/
[4] TV Perú Noticias. (2020, 7 de septiembre). Hoy 7 de setiembre celebramos el Día de los Derechos Cívicos de la Mujer.
[5] Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y Perú Progreso para todos (2013). DÍA DE LOS DERECHOS CÍVICOS DE LAS MUJERES.
https://cdn.adolescenciasema.org/usuario/documentos/DIA%20DE%20LOS%20DERECHOS%20CIVICOS%202013-2.pdf
[6] Notimérica. (2018, 7 de setiembre). 7 de septiembre: Día de los Derechos Cívicos de la Mujer Peruana, ¿por qué se celebra este día?.
[7] Lozano, L. (s.f). Paridad con vigilancia: Congreso tendrá 47 mujeres en próxima gestión.
[8] Llaja Villena, J. (Coord.). (2011). Los derechos humanos de las mujeres en el Perú. Lima: Roble Rojo.
https://www.demus.org.pe/wp-content/uploads/2015/05/371_pdf-los-dd-hh-de-las-mujeres-en-el-peru.pdf
[9] UNICEF. (2018, 15 de julio). Reniec presentó Plan Nacional Perú Libre de Indocumentación.
[10] Instituto Nacional de Estadística e Informática. (2019). Perú Brechas de género 2019.
https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib1716/Libro.pdf
[11] Prado, D., Feliz, L. (2019). Estadística Inferencial sobre el analfabetismo en el Perú. Facultad de Economía-UNI.
https://fieecs.uni.edu.pe/wp-content/uploads/2020/01/Analfabetismo-1.pdf
[12] Dirección Nacional de Educación y Formación Cívica Ciudadana. (2021). Participación política de las mujeres en las EG 2021.
https://observaigualdad.jne.gob.pe/documentos/recursos/Reportes/Perfil-Electoral-N6-2021.pdf
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