
Tribunal Constitucional declara fundado Habeas Corpus sobre indulto a expresidente Alberto Fujimori

Escrito por Piero Chávez Gonzales, director de la Comisión de Diálogos Humanos del Equipo de Derechos Humanos.
El día de hoy, 17 de marzo, el Tribunal Constitucional ha declarado fundado el Hábeas Corpus sobre el indulto a Alberto Fujimori. Es decir, ha ordenado su liberación, a pesar de que el expresidente ha sido condenado a 25 años de prisión por crímenes de lesa humanidad, en los cuales estuvo involucrado como autor mediato como los casos Barrios Altos y La Cantuta.
Es necesario recordar que el presidente Pedro Pablo Kucynski otorgó su indulto en diciembre del 2017. Frente a ello, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su rechazo el indulto y sostuvo que el indulto a Fujimori era contraria a las obligaciones internacionales del Estado peruano e hizo un llamado a que se adopten las medidas para restablecer los derechos de las víctimas afectadas por la decisión.
Frente a este primer indulto otorgado de manera irregular, el caso llegó a la Corte Suprema y esta anuló el indulto. Argumentó lo siguiente: “el control de convencionalidad se erige como el mecanismo más adecuado e importante para coadyuvar que la Convención Americana produzca sus efectos en el derecho interno de cada estado parte”. El Perú “debe cumplir lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en las resoluciones de supervisión de cumplimiento, respecto a la obligación de investigar, juzgar y en su caso sancionar los responsables de las graves violaciones de derechos humanos”. En otras palabras, el indulto a Alberto Fujimori es incompatible con la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
Por estas razones, desde Diálogos Humanos, rechazamos el indulto otorgado a Alberto Fujimori, ya que vulnera los derechos de las víctimas de las graves violaciones a los derechos humanos que cometió de manera mediata. Además, desconoce las obligaciones internacionales establecidas por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, respecto a investigar, sancionar y reparar en los casos de Barrios Altos y la Cantuta. Los condenados por crímenes de lesa humanidad no pueden ser beneficiarios de indultos o amnistías, esta sentencia es un precedente negativo para la situación de los derechos humanos en el Perú.
Fuente: Comisión Interamericana de Derechos Humanos
No hay comentarios